Ley Federal del Trabajo. (Art. 47 Fracción: VII Y XII. Art. 51 Fracción: VII Y VIII).
La Ley Federal del Trabajo es la máxima ley de Derecho laboral en México y solo está por encima de ella la Constitución Política, en la cual se consagró el derecho al trabajo en su artículo 123. |
Articulo 47
VII. Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él.
XII. Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
Articulo 51
son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:
son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:
VII. La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia, ya sea por carecer de condiciones higiénicas el establecimiento o porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establezcan.
VIII. Comprometer el patrón, con su imprudencia o descuido inexcusables, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él.
Te felicito por haber entregado la actividad y ser gestor social en tus ambientes profesionales, continua aplicando de la mejor manera en tus proyectos y que redescubras tu potencial.
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